[CR] | Global talk | Defensa del trato justo de Canadá: constitucionalmente requerida y críticamente necesaria

Lunes 25 de octubre | 16:30 (UTC-5)

Graham Reynolds

Peter A. Allard School of Law

University of British Columbia

Canadá

Desde 2004, la Corte Suprema de Canadá ha caracterizado sistemáticamente el trato justo, junto con otras defensas y excepciones a la infracción de los derechos de autor, como un derecho del usuario y una parte integral de la Ley de derechos de autor. En Canadá, sin embargo, a este derecho se puede renunciar por contrato.

En esta presentación, primero argumentaré que sin la disponibilidad de la defensa del trato justo, la Ley de Derechos de Autor de Canadá no sobreviviría al escrutinio bajo la Carta de Derechos y Libertades de Canadá. En segundo lugar, argumentaré que si se acepta este argumento, la Ley de derechos de autor debe enmendarse para aclarar que cualquier intento de limitar o evitar la aplicación del trato justo a través de un contrato no tendrá fuerza ni efecto. La pandemia de COVID-19 ha esclarecido aún más la importancia del trato justo en la vida de las personas. Poder acceder, participar y difundir contenido protegido por derechos de autor con fines de trato justo (incluso con fines de investigación, educación, parodia, estudio privado y crítica), sin tener que buscar primero el permiso del propietario de los derechos de autor, ha sido un un salvavidas vital para muchos durante largos períodos de encierro, cierre de escuelas y autoaislamiento.

Aclarar que el trato justo siempre estará disponible, independientemente de cualquier lenguaje contractual que indique lo contrario, ayudará a preservar este elemento de importancia crítica (y constitucionalmente necesario) de la Ley de Derechos de Autor.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *